Todo tipo de inversión involucra un desembolso de dinero. Pero con el arrendamiento puedes evitar desvío de recursos, concentrándolos en tu operación diaria e igualando el plazo de pago del arrendamiento con el plazo de retorno.
Existen 2 tipos de arrendamiento, el arrendamiento puro, un contrato mediante el cual se establece el uso o goce temporal de un bien a cambio del pago de una renta durante un plazo determinado, y el arrendamiento financiero, en el cual las rentas se toman a cuenta del precio del bien, contablemente se registra como un crédito simple.
De manera contable el arrendamiento puro, se encuentra fuera del balance y sólo se ve reflejado en los gastos operativos de la empresa, mientras que en el arrendamiento financiero se registra el activo y pasivo correspondiente, y el pago de intereses y capital conforme se devenga el crédito.
¿Para qué es utilizado?
El esquema del arrendamiento puede ser utilizado principalmente para la inversión en activos productivos, ya que dependiendo la industria el retorno sobre la inversión de este tipo de activos es de 3 años, por lo cual se puede obtener un arrendamiento en el que el pago de las rentas sean a un plazo similar al del retorno. Cuando una empresa tiene necesidad de liquidez también se puede utilizar un Sale & Leaseback (venta del activo a la institución financiera con arrendamiento posterior).
En este esquema se vende el activo a descuento (es decir entre un 60% al 80% de su valor original) a la arrendadora, y se arrenda por un periodo determinado. Sin embargo, esta maquinaria no deberá de contar con una antigüedad de compra mayor a 8 meses.
Arrendamiento Puro
En el arrendamiento puro, el activo pertenece al arrendador y la Ley del Impuesto Sobre la Renta (LISR) te permite deducir el 100% de las rentas. En el caso de los automóviles, las rentas deducibles son hasta de 4,950 pesos mensuales (art. 32, inciso XIII LISR). Para La Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única (LIETU), al igual que la LISR, es deducible el pago total de las rentas, así como las comisiones pagadas a la arrendadora (art. 5, inciso I, LIETU). El IVA generado por el pago de la renta, es deducible por el arrendatario.
Arrendamiento Financiero
El Código Fiscal de la Federación (CFF) considera al arrendamiento financiero como una adquisición a plazo de un activo (art.14, inciso IV CFF), en el que se pacta el pago de una renta con carga financiera. Para la LISR deduces el monto de la depreciación que te permite la misma ley según el tipo de activo, y el pago de los intereses correspondientes. Para la LIETU es deducible el pago de capital del arrendamiento y la opción de compra que se paga por el activo al término del contrato, así como los gastos notariales. El IVA generado por el pago de los intereses es acreditable para el arrendatario.
Ventajas del arrendamiento
• Destinar el valor de los activos a comprar para otros proyectos de inversión o capital de trabajo.
• En el caso del arrendamiento puro, es una operación fuera de balance, mejorando la estructura financiera, reflejándolo únicamente en gastos operativos.
• Se puede modernizar el equipo renovando el contrato.
• Al final del plazo se pueden adquirir los bienes a un valor menor al del mercado.
• Se puede obtener un beneficio fiscal.
¿Cómo obtener un arrendamiento?
En el mercado existen varias instituciones financieras, bancos y Sofomes, que pueden arrendar todo tipo de activos como mobiliario, equipo de transporte y maquinaria.
Para más información puedes visitar la página de la Asociación Mexicana de Arrendadoras www.amsofac.org.mx/
Fuente: www.mundoejecutivo.mx *LUIS JAVIER LÓPEZ Y LAURA PATRICIA HERNÁNDEZ / Ejecutivos ArCcanto Banca de Inversión
Publicado por: TuDecides.com.mx
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