Es un hecho que Internet es una alternativa de comunicación que ofrece una gran diversidad de aplicaciones, propicia el acercamiento entre cliente-proveedor desde cualquier lugar y a cualquier hora.
El servicio en red permite que las personas puedan tener acceso a mayor cantidad de información con la posibilidad de comparar de manera ágil entre muchas opciones, eligiendo aquella que mejor satisfaga sus necesidades.
Sin embargo, ante el atractivo diseño de las páginas, la gran funcionalidad y evidentes comodidades que ofrece el Internet para realizar operaciones financieras desde la casa u oficina, rara vez nos preocupamos por conocer quién es responsable de qué, o cuál es el marco legal aplicable para dirimir controversias ante una eventual falla o contingencia.
El asunto no es trivial si tomamos en cuenta que un manejo inadecuado o deficiencia en la operación del sistema o portal financiero puede traducirse en una merma o pérdida del patrimonio económico del usuario.
Al respecto, parecería obligado que las propias instituciones financieras avalaran el uso de Internet como una solución segura, no solo a nivel publicitario sino estableciendo y difundiendo con claridad cuáles son los compromisos y obligaciones que tiene el usuario y hasta donde abarca la responsabilidad de la institución que ofrece los servicios, para que el usuario cuente con elementos para decidir o no, utilizar la página de Internet como medio de comunicación para realizar sus operaciones.
Las instituciones financieras han realizado considerables esfuerzos e invertido una gran cantidad de recursos en procurar las mejores condiciones de seguridad para realizar operaciones financieras a través de medios electrónicos (Internet).
Sin embargo, al tomar en consideración lo que establecen los contratos correspondientes para la prestación de servicios financieros por medios electrónicos, aún es común observar que en caso de que ocurran fallas o problemas en los sistemas de seguridad o éstos sean alterados por cualquier medio, la institución no asumirá responsabilidad alguna.
De conformidad con las últimas modificaciones efectuadas al Código de Comercio y al Código Civil Federal, ambas legislaciones aplicables a este tipo de operaciones electrónicas, una comunicación de esta clase tiene fuerza probatoria, siempre y cuando la información sea generada o comunicada en forma íntegra, lo cuál solo puede realizar la institución financiera y no el usuario, pues no existe forma indubitable en la que el usuario pueda presentar a una autoridad la información generada vía Internet, ya que el único recurso con que cuenta sería almacenar en medios electrónicos la información generada y, una vez separada de la fuente, ésta pierde el carácter probatorio.
Por lo anterior, para saber a qué atenerse, y evitarse sorpresas, pregunte directamente a la institución financiera que ofrece los servicios, todas las dudas que tenga. A continuación se mencionan algunos aspectos respecto de los cuales es conveniente que usted tenga una respuesta:
• ¿La institución financiera cuenta con algún número telefónico al cuál pueda comunicarse para recibir asistencia técnica?
• En caso de requerir alguna aclaración sobre operaciones realizadas, ¿a qué oficina puede acudir?, ¿en qué domicilio?, ¿cuál es el funcionario encargado?
• ¿Cuál es el alcance de la firma electrónica con la cual realizara las operaciones?
• ¿Con qué respaldo cuenta Usted para evitar que su firma electrónica sea utilizada sin su consentimiento?
• Ante una eventual falla o retraso en aquellas operaciones que tengan por objeto el pago de bienes y/o servicios a terceros ¿quién asume la responsabilidad?
• ¿Existe el compromiso por parte de la institución para ofrecer los servicios financieros a través de Internet en todo momento?, ¿cuál es la disponibilidad?, ¿en qué periodos, fechas y horarios?
• ¿Hasta dónde abarca la responsabilidad de la institución en cuanto a confidencialidad y medidas de seguridad?
• ¿Qué sucede ante una falla en los Sistemas Electrónicos, cuando sean motivados por fuerza mayor o caso fortuito?
• Ante la existencia de algún virus informático, retraso, borrado o falla al guardar información ¿cuál es la responsabilidad que asume la institución financiera?
• El uso de servicios a través de Internet ¿tiene algún costo?
Fuente: Condusef/ altonivel.com.mx
Publicado por: TuDecides.com.mx
Edición: Adrián Soltero
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